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Veracruz enfrenta disputa por presidencia judicial

Conflicto en Veracruz: Dos magistradas disputan la presidencia del Tribunal Superior de Justicia tras elecciones cuestionadas, generando un intenso debate legal.

Elección judicial
Agencias
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La reciente elección judicial en Veracruz desató un conflicto legal por la presidencia del Tribunal Superior de Justicia, con dos magistradas reclamando el cargo.

La declaración de validez y entrega de constancias a los candidatos ganadores del proceso judicial en Veracruz ha dado paso a un conflicto legal que enfrenta a dos magistradas por la presidencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJ).

El conflicto se origina en el artículo transitorio número 8 de la reforma judicial veracruzana, el cual establece que, por única ocasión, la presidencia del TSJ será asignada a “la persona que obtenga el mayor número de votos en el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025”. Sin embargo, la redacción ambigua permite dos interpretaciones contrapuestas.

Dos lecturas, dos candidatas, una presidencia

Por un lado, juristas sostienen que la presidencia debe recaer en Rosalba Hernández Hernández, ganadora como magistrada de la Sala Constitucional con 278 mil votos dentro del propio Tribunal Superior de Justicia. Esta postura se basa en el artículo 57 de la Constitución local, que establece que la presidencia debe ocuparla un integrante específicamente del TSJ y no de otros tribunales como el de Disciplina Judicial o el de Conciliación y Arbitraje.

Por otro lado, un segundo grupo de especialistas defiende que la presidencia corresponde a Luz María López Aburto, magistrada electa del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, quien recibió la mayor votación general, con 664 mil sufragios. Apelan al mismo transitorio para sustentar que el criterio debe ser el total de votos en la elección, independientemente del tribunal asignado.

OPLE solo entregó constancias; no define presidencia

El OPLE Veracruz informó únicamente sobre la validez del proceso y la entrega de constancias de mayoría, sin pronunciarse sobre quién debe presidir el Tribunal. Según especialistas, la legislación vigente no establece qué órgano designa oficialmente a la presidenta, lo que agrava la falta de claridad.

Reforma sin margen de interpretación

La complejidad aumenta debido a que el propio transitorio 8 prohíbe cualquier interpretación análoga o extensiva. El texto indica que las autoridades deberán apegarse estrictamente a la literalidad del decreto, lo que impide a juristas o tribunales tomar decisiones discrecionales.

Los expertos anticipan una controversia constitucional en caso de que alguna de las magistradas impugne la designación final, en un contexto donde la reforma judicial fue promovida por los tres poderes del estado, y en la cual se especificó que la presidencia del TSJ tendría una duración de dos años para este periodo especial.

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