Suplantación de identidad afecta privacidad en las redes sociales
La suplantación de identidad en Facebook expone datos íntimos. El caso, denunciado por Miguel Ángel Tinajero, resalta riesgos en redes sociales.

Uno de estos casos en Facebook, fue denunciado por el licenciado Miguel Ángel Tinajero, tras la difusión no autorizada de contenido íntimo de su cliente.
El pasado miércoles, el licenciado Miguel Ángel Tinajero acudió a la agencia receptora de denuncias para presentar formalmente un caso de suplantación de identidad. Su cliente había sido víctima de este delito en Facebook, dentro de un grupo denominado “Vidas y Libres”. Un amigo alertó a la víctima de que alguien estaba usando su fotografía de perfil para difundir contenidos íntimos sin autorización, usurpando su identidad y vulnerando su privacidad. La exposición pública de esos materiales causó un impacto emocional y reputacional inmediato, por lo que el abogado solicitó la inmediata apertura de una carpeta de investigación.
Exposición. En México, el uso fraudulento de información o imágenes ajenas mediante medios electrónicos —como en redes sociales— se tipifica penalmente como suplantación de identidad o robo de identidad. Esta conducta afecta directamente el derecho a la privacidad, un bien jurídico protegido, y puede provocar daños morales intensos al violar la esfera personal de una víctima.
Las fotos de perfil en redes como Facebook son objetivos frecuentes para los ciberdelincuentes, quienes crean cuentas falsas para hacerse pasar por alguien más y, en ocasiones, compartir contenido sensible con daño directo hacia la persona suplantada.
Delitos. El caso puede escalar hacia otras figuras delictivas como el fraude o la extorsión. Los impostores suelen contactar a los contactos de la víctima para solicitar dinero o datos sensibles, aprovechándose de la confianza que existe hacia el usuario real. Aunque la denuncia presentada por el licenciado Tinajero no incluyó un intento de fraude económico, este tipo de suplantación suele emplearse para extorsionar o defraudar. La Policía Cibernética emite recomendaciones desde recientemente: no confiar en mensajes o solicitudes de cuentas desconocidas, revisar cuidadosamente URLs y correos y mantener actualizados sistemas y aplicaciones. Estas medidas protegen de ataques basados en ingenierías sociales, phishing y otras variantes delictivas.
Legislación. A nivel federal, en el Código Penal Federal este delito se sanciona con prisión de uno a cinco años y multa de entre 400 y 600 días. Si se realiza mediante medios electrónicos o con fines de lucro, la pena puede aumentar hasta un 50 %, llegando a 7.5 años.
Diversas reformas estatales han fortalecido el marco jurídico: en Jalisco se establece pena de 3 a 8 años y multa de 1,000 a 2,000 UMAs. En Coahuila, donde reside la víctima, la Ley Olimpia penaliza la difusión de contenido íntimo sin consentimiento con prisión de 3 a 6 años y multa similar
Además, se prepara una reforma federal para penalizar con 2 a 10 años de prisión y hasta 400 días de multa, incluyendo inhabilitación profesional por especialización en informática
Aunque las penas por suplantación no siempre son las más severas, las reformas recientes apuntan a fortalecer la protección de la privacidad digital.
Prevención. Para evitar este tipo de delitos, la Policía Cibernética de CDMX, la Guardia Nacional y la CONDUSEF recomiendan acciones clave:
•Evitar compartir información sensible como contraseñas, códigos de verificación o ubicación
•Activar la autenticación de dos pasos en redes sociales y aplicaciones
•Configurar perfiles con privacidad restringida y rechazar solicitudes de contacto sospechosas.
•Desconfiar de mensajes, correos o enlaces no solicitados de fuentes desconocidas
•Mantener actualizado sistema operativo, antivirus y apps
•Guardar evidencia (capturas de pantalla, enlaces y mensajes) para sustentar la denuncia
Estas prácticas no solo mitigan el riesgo de suplantación, sino de fraudes, extorsiones y otras amenazas cibernéticas.
Denuncia. Las víctimas pueden llamar al número 089 para denuncias anónimas o al 911 en emergencias, donde se canaliza la denuncia a la Fiscalía competente para abrir carpeta de investigación. Luego, la persona debe acudir a la Fiscalía local o federal con las pruebas recopiladas para formalizar su declaración. La Policía Cibernética también colabora con plataformas para el cierre de cuentas falsas y la obtención de datos de los responsables.
Reparación. A pesar de que las sanciones penales varían, la víctima tiene derecho a una reparación del daño moral por el daño a su reputación, salud emocional y entorno social. El monto será determinado por la gravedad del caso, la amplitud del daño y la solidez de las pruebas, pudiendo incluir compensaciones económicas significativas. En el caso defendido por el licenciado Tinajero, la exposición de información íntima agrava el daño moral, lo que podría resultar en una reparación elevada, complementando las sanciones penales.
Conclusión. El caso presentado por Miguel Ángel Tinajero es un ejemplo de cómo las redes sociales pueden convertirse en escenarios de vulneración de la privacidad. La suplantación de identidad —particularmente la difusión de contenido íntimo— vulnera derechos fundamentales y puede favorecer delitos como el fraude o la extorsión. México ha reforzado su marco jurídico, con penas que van de 1 a 10 años y multas significativas, además de reformas locales bajo la Ley Olimpia.
Sin embargo, la prevención sigue siendo esencial: limita tus publicaciones, refuerza la seguridad digital, conserva evidencia y no dudes en denunciar al 089 o 911. Ante estas amenazas, la colaboración entre autoridades, plataformas y ciudadanía informada es clave para proteger la dignidad y la privacidad de las personas en línea.
Noticias del tema