Nuevas normas de emergencia para transporte de gas LP

El Gobierno federal anuncia dos nuevas normas de emergencia para el transporte y distribución de Gas LP, incorporando monitoreo satelital y controles de velocidad obligatorios.
El Gobierno de México publicará este 3 de octubre dos Normas Oficiales Mexicanas de Emergencia (NOM-EM-006-ASEA-2025 y NOM-EM-007-ASEA-2025) que exigen a todos los vehículos transportistas de Gas LP la instalación de GPS y gobernadores de velocidad, monitoreados en tiempo real por la Secretaría de Energía, para prevenir accidentes y fortalecer la seguridad operativa.
En un movimiento para reforzar la seguridad en una de las cadenas logísticas más críticas del país, el Gobierno de México hará públicas este 3 de octubre dos Normas Oficiales Mexicanas de Emergencia (NOM-EM) dirigidas al sector del gas licuado de petróleo (Gas LP). La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo explicó que el objetivo central es modernizar la supervisión y prevenir accidentes mediante la incorporación de tecnología de monitoreo en tiempo real y requisitos de mantenimiento más estrictos.
Las nuevas normas, NOM-EM-006-ASEA-2025 y NOM-EM-007-ASEA-2025, emitidas por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), sustituyen parcialmente a la anterior NOM-007-SESH-2010, que regulaba de manera conjunta el transporte y la distribución. La actualización separa estos dos procesos para aplicarles regulaciones específicas y más rigurosas.
¿Por qué son necesarias estas normas de emergencia? La decisión responde a la necesidad de abordar riesgos latentes en la cadena de suministro de un combustible utilizado en millones de hogares y negocios. "Antes era una inspección visual, ahora se tienen que hacer pruebas. Habrá control de velocidad y monitoreo permanente. Así evitaremos fugas, accidentes y excesos de velocidad", afirmó Sheinbaum Pardo durante su conferencia de prensa matutina.
Los cinco pilares de la nueva regulación
La secretaria de Energía, Luz Elena González, detalló los principales cambios que introducen estas normas. Estos no son lineamientos, sino obligaciones de carácter técnico y legal que todas las empresas del sector deberán cumplir.
Monitoreo Satelital y Control de Velocidad Obligatorios: Este es el cambio más significativo. Todos los vehículos que transporten Gas LP deberán contar con un gobernador de velocidad y un GPS. La presidenta Sheinbaum enfatizó que ambos dispositivos serán monitoreados desde un centro de control de la Secretaría de Energía, permitiendo a las autoridades verificar en tiempo real la localización y el comportamiento de las unidades. Esto busca eliminar prácticas peligrosas como los excesos de velocidad, un factor de riesgo en accidentes viales.
Mantenimiento Anual Verificado: Anteriormente, los programas de mantenimiento eran una obligación, pero su cumplimiento no siempre era acreditado de manera fehaciente. Ahora, las empresas deberán presentar un dictamen técnico ante la ASEA que acredite el cumplimiento anual de los programas de mantenimiento de sus unidades. Este documento sirve como un aval de que los vehículos se encuentran en condiciones operativas óptimas.
Pruebas de Seguridad Más Estrictas y Periódicas: Se elimina la dependencia exclusiva de las inspecciones visuales. La nueva regulación exige que las unidades se sometan a inspecciones internas y pruebas de presión hidrostática de manera periódica. Hasta ahora, estas pruebas solían requerirse sólo tras un incidente o daño. Su aplicación preventiva permite identificar desgastes o fallas estructurales antes de que deriven en una emergencia.
Capacitación Certificada para Operadores: Reconociendo que el factor humano es crucial, la norma establece que los conductores deberán acreditar una formación teórico-práctica especializada, la cual debe estar avalada por el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (Conocer). Esto garantiza un estándar uniforme y de alta calidad en la preparación del personal al mando de las unidades.
Inspecciones Conjuntas en Plantas y Terminales: Para asegurar el cumplimiento integral, la Sener, la SICT, la CNE y la ASEA realizarán verificaciones coordinadas. Estas inspecciones revisarán las condiciones físico-mecánicas de los vehículos, la vigencia de los permisos y la correcta aplicación de las normas, cerrando posibles vacíos de supervisión.
Plazos de cumplimiento para la industria
La transición hacia este nuevo marco regulatorio no es inmediata. El gobierno ha establecido plazos escalonados para que las empresas se adecúen, considerando el tipo de actividad y las características de las unidades.
Transporte: Las unidades dedicadas exclusivamente al transporte contarán con un plazo de cuatro meses para cumplir con todas las disposiciones.
Distribución: Para las unidades de distribución, el plazo varía. Aquellas con capacidad mayor a 5,000 litros y una antigüedad superior a 10 años tendrán un plazo de cuatro meses. El resto de las unidades de distribución tendrán un plazo máximo de seis meses para implementar los cambios.
¿Qué pasa si no cumplen con los plazos? Si bien el comunicado oficial no lo especifica, el incumplimiento de una NOM, y en particular de una de emergencia, puede acarrear sanciones administrativas severas por parte de la ASEA, que incluyen multas económicas sustanciales e incluso la suspensión o revocación de los permisos para operar.
Impacto en la seguridad y la operativa del sector
¿Cómo beneficia esto al ciudadano de a pie? La implementación de estas normas busca generar un impacto directo en la seguridad pública. La supervisión en tiempo real y el control de velocidad reducen la probabilidad de accidentes de tránsito con consecuencias catastróficas. Las pruebas de presión y el mantenimiento verificado minimizan el riesgo de fugas durante el transporte y la entrega, protegiendo a las comunidades por donde circulan las rutas.
Para la industria, si bien representa una inversión inicial en tecnología y adaptación de procesos, también conlleva beneficios a largo plazo. Un parque vehicular mejor mantenido y operado por personal mejor capacitado se traduce en una operación más eficiente, menos costos por reparaciones mayores y una reducción en los tiempos de inactividad por fallas mecánicas.
La publicación de estas NOM de Emergencia marca un punto de inflexión en la regulación de hidrocarburos en México, alineando al país con estándares internacionales de seguridad que priorizan la tecnología y la data para la prevención. El éxito de su implementación dependerá de la colaboración entre la autoridad y la industria, así como de la vigilancia constante para asegurar que estos nuevos protocolos se conviertan en una práctica operativa permanente.
Noticias del tema