INE y TEPJF prohíben repartir “acordeones” en elección judicial

El Tribunal Electoral respaldó al INE y prohibió el reparto de “acordeones”, pero aclaró que votar con guías personales sí está permitido este domingo.
A pocas horas de la primera elección popular de jueces, magistrados y ministros en México, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó que está prohibido distribuir “acordeones” para inducir el voto, pero permitió que los ciudadanos lleven guías o anotaciones personales al momento de emitir su sufragio.
En una sesión privada, la Sala Superior del TEPJF confirmó por unanimidad el acuerdo del Consejo General del INE, que impone medidas cautelares para impedir la entrega física o digital de propaganda electoral en forma de “acordeones”, los cuales circulaban masivamente en redes sociales y vía impresa con nombres o números de candidatos.
Dicha resolución, basada en un proyecto del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, sostiene que el INE actuó conforme a los principios constitucionales, al buscar prevenir la coacción del voto en la inédita jornada del próximo domingo.
La sentencia precisa que la prohibición se limita únicamente a la distribución de propaganda electoral, por lo que los votantes pueden asistir con sus propias notas o apoyos visuales sin infringir la ley.
Ciudadanía podrá llevar anotaciones al votar
El fallo del TEPJF enfatiza que no está prohibido llevar anotaciones, fotografías o impresiones personales al momento de sufragar, siempre que no se exhiban públicamente ni se distribuyan durante la jornada electoral, respetando la veda electoral vigente.
Las guías personales son consideradas instrumentos legítimos de apoyo a la decisión del voto, especialmente en una elección compleja donde en las boletas aparecen cientos de nombres de personas juzgadoras.
El Tribunal subrayó que la libertad del voto incluye la posibilidad de organizarse, siempre y cuando no se atente contra la equidad y legalidad del proceso electoral.
Impugnaciones no prosperaron
La medida cautelar del INE fue impugnada por personas que consideraban que se limitaba su derecho a votar con apoyo visual propio, pero el TEPJF concluyó que no se afecta ese derecho, ya que en ningún punto del acuerdo se establece que los votantes no puedan usar referencias personales.
El acuerdo no prohíbe llevar elementos físicos o digitales como nombres, números o listas impresas de candidatos, siempre y cuando su uso sea privado y discreto.
El TEPJF explicó que su decisión busca preservar la libertad del sufragio, evitando cualquier forma de presión externa sin restringir la autonomía del elector.
Una elección inédita en México
Este domingo se celebrará la primera elección extraordinaria para designar jueces, magistrados y ministros, un ejercicio histórico que busca democratizar al Poder Judicial. En ese contexto, las autoridades electorales llaman a la ciudadanía a votar con libertad, responsabilidad e información verificada.
El INE y el TEPJF reiteraron que cualquier acto de inducción al voto mediante propaganda directa será sancionado. También invitan a denunciar irregularidades a través de los canales oficiales para fortalecer la transparencia de esta jornada inédita.
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