FGR acusa a María Amparo Casar por pensión vitalicia de Pemex

La FGR imputó a María Amparo Casar por presunto uso ilícito de atribuciones en una pensión vitalicia de Pemex; está citada a comparecer en el Reclusorio Oriente.
La Fiscalía General de la República procedió penalmente contra María Amparo Casar Pérez, presidenta de Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad, quien comparecerá el martes 16 de diciembre ante una jueza federal en el Reclusorio Oriente, por una investigación relacionada con una pensión vitalicia de Pemex que la autoridad considera presuntamente indebida.
Investigación penal por pensión vitalicia de Pemex
La FGR, a través de su Fiscalía Especializada en Materia de Combate a la Corrupción, decidió judicializar la investigación iniciada contra María Amparo Casar Pérez por su presunta responsabilidad en el delito de uso ilícito de atribuciones y facultades. La audiencia de comparecencia está programada ante la jueza Diana Selene Medina Hernández, del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Oriente.
Antecedentes del caso y citatorio judicial
De acuerdo con fuentes federales, la imputación se relaciona con la pensión post-mortem que Casar Pérez obtuvo de Petróleos Mexicanos (Pemex) tras el fallecimiento de su esposo, Carlos Fernando Márquez Padilla García. La comparecencia se realizará el martes 16 de diciembre, como parte del proceso para formular imputación formal.
Denuncia de Pemex y suspensión del pago
En marzo del año pasado, Pemex suspendió el pago de la pensión vitalicia, al considerar que se trataba de un cobro indebido, ya que el fallecimiento no habría ocurrido por accidente de trabajo, sino por suicidio. La empresa productiva del Estado había presentado la denuncia cuando era dirigida por Octavio Oropeza.
Periodo laboral y resolución de amparo
La autoridad señaló además que Carlos Fernando Márquez Padilla García colaboró 129 días como coordinador ejecutivo de la Dirección Corporativa de Administración, del 1 de junio al 7 de octubre de 2004. Posteriormente, María Amparo Casar Pérez promovió un amparo, en el que se resolvió que el pago de la pensión no puede suspenderse unilateralmente por el patrón una vez activado el derecho a recibir los beneficios del trabajador fallecido.
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